Casas de apuestas con licencia DGOJ: la lista corta y lo que la licencia cambia

Updated octubre 2026
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29 octubre 2026 · Comprobado frente al Registro de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y a los términos de cada operador.

Una sala de tribunal vacía con bancos de madera a la luz de la mañana
La Ley 13/2011 exige un título habilitante (licencia o autorización) para ofrecer juego: la actividad realizada sin él se considera prohibida y quienes la promueven quedan sujetos al régimen sancionador.

Una casa de apuestas legal en España necesita dos cosas: una licencia general de «Apuestas» más una licencia singular de «Apuestas deportivas de contrapartida», y un dominio .es. El dominio .es es la señal que la propia DGOJ pide al jugador que mire, y el registro público de ordenacionjuego.es — consultable por nombre o por sitio web — es el único sitio donde se confirma quién la tiene. Una marca en una comparativa no es, por aparecer en ella, una casa con licencia; una licencia en Curaçao o Anjouan tampoco. La verificación de estas marcas permite distinguir qué servicios están realmente autorizados.

La normativa: lo que dice la Ley 13/2011 y por qué el .es es la pieza clave

El juego online de ámbito estatal se rige por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (LRJ). Su artículo 9.2 declara «prohibida» cualquier actividad de juego que se ofrezca sin el título habilitante — licencia o autorización — que la propia ley exige; quienes la promueven quedan bajo el régimen sancionador. El artículo 39 eleva a infracción muy grave ofrecer juego por internet fuera del sitio web con dominio .es que la normativa exige, y tipifica como muy grave, en el mismo artículo, organizar juego sin título habilitante. Una web .com que sirva a residentes en España está, por construcción, fuera del sistema regulado.

Un estadio de fútbol vacío con torres de iluminación al atardecer
Las infracciones muy graves de juego se sancionan con multas de 1.000.000 a 50.000.000 €, y pueden sumar pérdida del título, inhabilitación de hasta cuatro años y cierre de los servicios de la sociedad de la información.

El título habilitante tiene dos niveles. La licencia general cubre una modalidad — por ejemplo, «Apuestas» — y dura diez años prorrogables por periodos iguales, según el Real Decreto 1614/2011 (art. 12). La licencia singular cubre un tipo concreto de juego y dura entre uno y cinco años, también prorrogables. La singular que sostiene una casa de apuestas deportivas convencional es la de «Apuestas deportivas de contrapartida»: el operador es la contraparte del jugador y el premio es el stake multiplicado por un coeficiente fijado antes del evento. Existen otras singulares — apuestas cruzadas (modelo exchange, como Betfair), apuestas mutuas, apuestas hípicas de contrapartida — y perder la licencia general arrastra la nulidad de las singulares vinculadas.

Las sanciones están a la altura del tipo infractor. El artículo 42 de la LRJ fija para las infracciones muy graves multas de 1.000.000 a 50.000.000 €, con posibilidad de pérdida del título, inhabilitación de hasta cuatro años y cierre de los servicios de la sociedad de la información; las graves se mueven entre 100.000 y 1.000.000 € o suspensión de hasta seis meses. En noviembre de 2024, el Ministerio de Consumo anunció la imposición de una multa de 5.000.000 € y dos años de inhabilitación a trece operadores extranjeros sin licencia que servían a residentes en España, además del bloqueo de sitios y flujos de pago ordenado por la DGOJ. La vara de medir, en dinero y en tiempo de cierre, no es decorativa.

La ley también fija quién puede participar y quién no. El artículo 6 de la LRJ veta el acceso a los menores de edad, a los incapacitados legal o judicialmente y a quienes hayan pedido voluntariamente que se les prohíba el acceso al juego o lo tengan prohibido por resolución judicial firme. Tomar parte exige un registro de usuario activo vinculado al contrato de juego aceptado, y el operador debe verificar al menos una vez al año que los titulares de cuentas no figuran inscritos en el RGIAJ.

El registro público de la DGOJ y por qué una .es no basta si no está en él

El registro público de la DGOJ, accesible desde ordenacionjuego.es, lista por nombre y por sitio web los operadores con licencia. La búsqueda admite los dos ángulos: por razón social del operador y por dominio. Cada entrada del registro lleva las licencias generales y singulares que tiene concedidas y los dominios asociados. Una marca que aparece en una comparativa pero no aparece en este registro no está, por definición, en la lista de casas de apuestas con licencia DGOJ.

Una mano deja un móvil junto a una taza de té sobre la mesa de la cocina, una tarde tranquila
Los límites de depósito que fija cada operador no pueden superar 600 € al día, 1.500 € a la semana ni 3.000 € al mes.

El .es no es el final de la verificación, es el principio. La DGOJ pide al jugador tratar el dominio .es como la primera señal de un operador autorizado: solo las marcas autorizadas pueden usarlo como dominio principal de juego. Pero el .es por sí mismo no demuestra que la licencia esté vigente — un dominio puede mantenerse activo mientras un expediente sancionador está abierto, por ejemplo — y desde luego no identifica al titular, que pocas veces coincide con la marca comercial (bet365 es Hillside New Media Malta; apuestas.kirolbet.es es Artxibet 2022). El registro resuelve ambas dudas en una consulta.

La consecuencia operativa para el jugador es directa: cuando un operador del registro publica su licencia, la cita como el operador la publica; cuando no la publica, la consulta en el registro es la respuesta.

Lo que cambia cuando el dominio es un .com

Una casa que sirve a residentes en España desde un .com no está obligada por la LRJ: ni por sus topes de depósito, ni por la verificación anual del RGIAJ, ni por el régimen de comunicaciones comerciales del Real Decreto 958/2020. La DGOJ puede ordenar el bloqueo del sitio y de los flujos de pago, como ha hecho, pero el jugador queda fuera del paraguas: sin autoprohibición centralizada, sin vía de reclamación ante la DGOJ, sin tope obligatorio al depósito, sin verificación de edad contra el RGIAJ. Una cripto-casa o un exchange que cobre en bitcoin está en este grupo, no por el activo en sí, sino porque el canal cripto se sostiene sobre una cuenta no nominal y sin verificación, que es lo que la LRJ rechaza para el juego regulado.

El punto se sostiene solo: si el dominio no es .es o el operador no figura en el registro, la marca queda fuera de esta página. Las que sí están son las que el registro reconoce.

Juego responsable: el RGIAJ, los topes y lo que la DGOJ exige al operador

El Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) es el registro nacional de autoprohibiciones, regulado por el Real Decreto 1614/2011 (arts. 58 a 61) y desarrollado en el Real Decreto 176/2023. La inscripción puede ser voluntaria o por resolución judicial firme; las judiciales no las puede cancelar el inscrito. Una vez inscrito, el operador debe suspender la cuenta del titular si llegara a tenerla, impedir depósitos y apuestas, y no enviar comunicaciones comerciales. La cancelación de una inscripción voluntaria exige al menos seis meses desde la fecha de inscripción.

Los topes de depósito están en el Real Decreto 1614/2011 (anexo II): cada operador fija los suyos, pero no pueden superar 600 € al día, 1.500 € a la semana y 3.000 € al mes. Sportium, por ejemplo, declara esos mismos topes en sus términos y condiciones. El jugador puede bajar el límite en cualquier momento y se aplica al instante; para subirlo o eliminarlo tiene que pasar las pruebas de juego seguro de la DGOJ y no haber mostrado comportamiento de riesgo en los tres meses previos, y el nuevo límite entra en vigor en un máximo de tres días, sin que pueda pedirse un nuevo aumento en los tres meses siguientes al último.

El Real Decreto 520/2026 introduce límites conjuntos entre operadores — 700 € al día, 1.750 € a la semana y 3.300 € cada cuatro semanas — operados por un sistema de la DGOJ en tiempo real, cuya entrada en vigor está prevista para el 25 de marzo de 2027; hasta entonces, los topes del RD 1614/2011 siguen rigiendo. Quien hoy revise una web que diga otra cifra, debería comprobar a qué fecha está escrita.

Qué exige la DGOJ a un operador con licencia

La LRJ y sus reglamentos dibujan una lista de obligaciones que cualquier operador con licencia debe cumplir. El primer bloque es de entrada: edad mínima de 18 años, registro de usuario activo vinculado al contrato, verificación de identidad antes del uso pleno y comprobación anual de que el titular no figura en el RGIAJ. Si la verificación de identidad falla, la cuenta se cancela. Los medios de pago son nominales — cuenta a nombre del titular — y los operadores no pueden ofrecerlos bajo formas que disimulen crédito o préstamo; los reintegros vuelven, cuando es posible, por el mismo medio y sin coste para el participante.

El segundo bloque es de juego y de comunicación. Las reglas particulares de cada apuesta deben publicarse antes de que se ofrezca el evento; el evento es un encuentro deportivo fijado por el operador, organizado por terceros, cuyo resultado es incierto y ajeno al control del operador y de los apostantes. La apuesta en directo puede limitarse al saldo de la cuenta de juego en el momento en que empieza el partido — la Orden EHA/3080/2011 y el RD 176/2023 fijan ese tope para evitar operar sobre saldo que aún no está respaldado por depósito verificado. El operador puede ofrecer cash out, pero la normativa no lo regula: es un servicio comercial, no un derecho del jugador.

El tercero es de protección reforzada. La DGOJ define al «participante de juego intensivo» por indicadores objetivos: pérdidas netas semanales de 600 € durante tres semanas consecutivas, o 200 € para los participantes jóvenes — los de 25 años o menos. Un jugador con esos indicadores pierde acceso a promociones, a servicio de cliente privilegiado y a mensajes comerciales, y solo puede pagar con medios nominales, no con tarjeta de crédito. El operador publica además, en las 24 horas siguientes al alta, información sobre el juego, sus riesgos y su propia política de juego seguro. Las promociones a nuevos clientes son historia a iniciativa de Rozalen v. Tribunal Supremo: la sentencia 527/2024, de 2 de abril, anuló los apartados del RD 958/2020 que las prohibían, así que la regla vigente es que un operador puede ofrecerlas, pero no a quien figure en el RGIAJ, no a quien esté marcado como jugador de riesgo, no a quien haya subido su límite de depósito en los últimos 30 días y no a quien tenga una retirada pendiente que aún pueda cancelarse. Un operador que hoy cite el RD 958/2020 como razón para no tener bono de bienvenida cita un artículo anulado por los tribunales.

El cuarto bloque es fiscal. El operador paga el impuesto sobre actividades de juego: el 20 % del beneficio neto (apuestas menos premios) en apuestas de contrapartida, cruzadas y mutuas; el 22 % del ingreso bruto en las apuestas deportivas del Estado; el 10 % si reside y opera desde Ceuta o Melilla, lo que explica que varios grupos internacionales canalicen su licencia española por entidades con «Ceuta» en la razón social. El jugador tributa en el IRPF: las ganancias son ganancias patrimoniales en la base general, las pérdidas solo compensan hasta el límite de las ganancias del mismo año y no se trasladan a ejercicios siguientes; el umbral mínimo de 40.000 € exentos del gravamen especial solo cubre loterías y sorteos del Estado y de Cruz Roja, no a casas de apuestas con licencia. Si una casa te retiene IRPF en el momento del cobro, no está obligada a hacerlo; la cuota final depende de tu base y de tu tipo marginal, así que el cierre siempre pide un asesor fiscal.

Qué pierde un jugador en una casa sin licencia

Lo que el jugador pierde en una casa sin licencia no es una promesa ni una marca: es el andamiaje. Sin licencia no hay RGIAJ operativo — la autoprohibición nacional no aplica y la autoexclusión es la palabra de la marca, sin ejecución centralizada — y la cuenta cancelada no se cierra de verdad. No hay tope obligatorio al depósito: la marca decide si aplica uno, y los que aplica son revocables. No hay verificación anual contra el RGIAJ, así que un menor o un autoprohibido que use datos correctos llega y abre caja. No hay vía de reclamación ante la DGOJ: la queja contra un operador sin licencia termina en el regulador extranjero o en un juzgado. Y cuando el operador corta el servicio, el saldo del jugador se queda dentro: sin RGIAJ que active una suspensión, sin DGOJ que ordene devolución, sin arbitraje regulatorio.

Las consecuencias para el jugador son civiles y regulatorias, no penales: el ordenamiento español no multa al apostante. La multa, la inhabilitación y el bloqueo van contra el operador. El apostante queda, simplemente, fuera del paraguas.

Las 10 casas con licencia DGOJ: ranking y comparación

Esta lista no es un ranking. Es el conjunto de operadores que el registro público de la DGOJ reconoce como titulares de la licencia general «Apuestas» y de la singular «Apuestas deportivas de contrapartida», y que mantienen un dominio .es. La comparativa que sigue trabaja sobre los campos que cada operador publica en su web o en su ficha de app, y deja fuera los que no publica: comparar lo que la marca no dice lleva a inventarlo, y eso se nota.

Mecánica de la comparativa: qué se compara y por qué

La tabla que sigue ordena las marcas por orden alfabético dentro de la comparativa y trabaja sobre cuatro columnas: la marca, su licencia y titular en el registro de la DGOJ, y un apunte de lo que el operador publica en sus propios términos sobre la materia de esta página. La columna de licencia refleja lo que el operador declara en su web o en su ficha de app — la verificación última es el registro público de ordenacionjuego.es — y los titulares citados son los que constan en la propia ficha o en la documentación pública del operador.

Marca Licencia DGOJ y titular Lo que el operador publica en sus términos
Versus Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular VERSUS ONLINE, S.A. La ficha de la app exige ser mayor de 18 años para registrarse.
Olybet Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular SUERTIA INTERACTIVA, S.A. Anuncia un bono de bienvenida de hasta 100 € en apuestas deportivas y, por separado, uno de casino de hasta 500 €.
bet365 Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular HILLSIDE NEW MEDIA MALTA, PLC. La app para España incluye «Cerrar apuesta» (cash out), en apuestas en directo y anticipadas, sobre el total o una parte del stake.
Paf Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular PAF GAMES, S.A. Ofrece a nuevos usuarios elegir entre 20 € en freebets o un bono de depósito del 100 % como bono de bienvenida.
Casumo Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular CASUMO SPAIN, PLC. La ficha de la app declara licencia de la DGOJ, indica 18+ y remite para ayuda por problemas de juego a FEJAR y al teléfono 900 200 225.
Marca Apuestas Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular Casino Marbella Interactive, S.A. Enlaza con el RGIAJ de ordenacionjuego.es y con su propia página de autoexclusión; cita el RD 958/2020 como motivo para no ofrecer bono de bienvenida en casino.
Kirolbet Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular ARTXIBET 2022, S.A. La app ofrece apuestas prepartido y en directo, combinadas, «Crea tu apuesta» y cash out.
1xBet Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular WAGERFAIR, S.A. La app incluye apuestas prepartido y en directo, con transmisiones en vivo dentro de la plataforma.
888sport Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular 888 ONLINE GAMES ESPAÑA, S.A. Ofrece a nuevos usuarios elegibles 10 € en apuestas gratis al registrarse, repartidos en dos apuestas de 5 €.
Interwetten Licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; titular INTERWETTEN ESPAÑA, PLC. La app reúne simple, combinada y sistema en más de 40 deportes, con Cash-Out, Bet Builder y Bet2Go.

Las cifras de la columna derecha son las que cada marca publica en su web o en su ficha de app a la fecha del snapshot. Lo que cada marca no dice se descubre en su propia página, y esa es la verificación que ninguna comparativa puede sustituir.

Versus

Versus opera en España bajo Versus Online, S.A., con licencia singular de apuestas deportivas de contrapartida, y mantiene su dominio en .es. La ficha de la app exige ser mayor de 18 años para registrarse. La marca entra en la comparativa por el perfil más estrecho de los diez: pocas líneas en la ficha pública, sin self-service amplio en la documentación revisada. El ángulo es para el apostante que busca una casa regulada con superficie reducida: la licencia y el dominio están, el resto del producto lo evalúa el usuario al entrar.

Olybet

Olybet, titular Suertia Interactiva, S.A., publica un bono de bienvenida de hasta 100 € en apuestas deportivas y, por separado, uno de casino de hasta 500 €. Las dos promociones viven en canales distintos — deportivo y casino — y la ficha los separa con claridad. La lectura: una casa que reparte su oferta entre producto y producto, donde el bono de bienvenida deportivo opera bajo las reglas del RD 958/2020 supervivientes (no a autoprohibidos, no a jugadores de riesgo, sin welcome bonus durante los 30 días posteriores a un aumento de límite). Para el apostante que compara deportes y casino en una sola marca, Olybet resuelve las dos puntas sin tener que salir del sistema regulado.

bet365

bet365, con titular Hillside New Media Malta, PLC, ofrece en su app para España la función «Cerrar apuesta» (cash out), disponible en apuestas en directo y anticipadas, sobre el total o una parte del stake antes de que termine el evento. El cash out es una herramienta de gestión de posición: cobra total o parcialmente una apuesta abierta, antes del cierre, a un precio que la casa fija en tiempo real. En una comparativa regulada, lo que destaca es la disponibilidad del servicio (en directo y anticipadas) y el matiz crítico: el precio de cierre lo fija el operador y no hay regla que lo limite. Para el apostante con mercados en directo y necesidad de recortar exposición, bet365 tiene la función; para el que quiera saber cuánto se queda la casa, hay que mirar el coeficiente que ofrece al cierre.

Paf

Paf, titular Paf Games, S.A., deja al nuevo usuario elegir entre 20 € en freebets o un bono de depósito del 100 % como bono de bienvenida. La elección es entre un valor nominal y un importe igualado: en un caso el stake no vuelve con el premio (free bet pura, valor esperado ligado al coeficiente), en el otro el operador iguala el depósito y el stake sí computa. La lectura: una marca que pone la decisión técnica en manos del jugador y publica ambas opciones sin esconder el coste de cada una. Para el apostante que prefiere flexibilidad entre freebet y matched bonus dentro de una casa con licencia, Paf resuelve la bifurcación en una sola pantalla.

Casumo

Casumo, con titular Casumo Spain, PLC, declara en la ficha de su app que cuenta con licencia de la DGOJ, que la app está calificada 18+, y remite para ayuda por problemas de juego a FEJAR (fejar.org) y al teléfono 900 200 225. La derivación a FEJAR es el detalle: un operador que apunta a una asociación específica de ayuda, no a una página genérica. Para el apostante que busca operadores con red de derivación pública en juego responsable, Casumo tiene ese cable tendido; para el resto, la presencia de la licencia y el 18+ bastan como sello de cumplimiento.

Marca Apuestas

Marca Apuestas, titular Casino Marbella Interactive, S.A., enlaza desde su web con el RGIAJ de ordenacionjuego.es y con una página propia de autoexclusión. La marca cita además el Real Decreto 958/2020 como motivo para no ofrecer bono de bienvenida en su casino online, una afirmación que en la letra escrita del BOE ya no se sostiene tras la sentencia 527/2024. La lectura: la marca conserva el argumento literal en su propia página aunque el Tribunal Supremo haya anulado los apartados del decreto que sostenían esa prohibición. Para el apostante, la consecuencia operativa es que la ausencia de bono en casino de Marca Apuestas es una decisión comercial del operador, no un bloqueo legal.

Kirolbet

Kirolbet, titular Artxibet 2022, S.A., ofrece en su app apuestas prepartido y en directo, combinadas, personalizadas («Crea tu apuesta») y cash out antes de que termine el evento. La presencia simultánea de cash out y bet builder es la combinación que distingue a la marca en esta comparativa: dos herramientas de gestión y construcción de posición, ambas disponibles en una sola licencia singular. Para el apostante que arma combinadas y las cierra a voluntad, Kirolbet tiene ambas piezas en una misma casa.

1xBet

1xBet, con titular Wagerfair, S.A., ofrece en su app apuestas prepartido y en directo, con acceso a transmisiones en vivo dentro de la plataforma. La integración de vídeo en directo dentro de la propia app es lo que distingue a la marca en este conjunto: el apostante ve el partido y opera desde la misma superficie, sin pestañas separadas. Para el usuario que busca operar mientras mira, 1xBet resuelve esa integración dentro del sistema regulado.

888sport

888sport, titular 888 Online Games España, S.A., ofrece a nuevos usuarios elegibles 10 € en apuestas gratis al registrarse, repartidos en dos apuestas de 5 €. La cifra es modesta y la mecánica es directa: dos freebets, no un paquete con rollover. Para el apostante que prefiere probar una casa con un stake bajo y un coste de aprendizaje contenido, 888sport tiene una puerta de entrada estrecha y sin pasos ocultos.

Interwetten

Interwetten, con titular Interwetten España, PLC, reúne en su app apuestas simples, combinadas y de sistema en más de 40 deportes, con Cash-Out, Bet Builder y Bet2Go. La combinación de tres tipos de apuesta más tres herramientas de gestión (cash out, bet builder, bet2go) sobre una base de 40 deportes dibuja una superficie amplia: el apostante que quiera todo el catálogo de tipos de apuesta y de herramientas en una sola licencia lo encuentra aquí. La marca destaca por densidad de producto, no por una cifra llamativa.

Lo que cuesta jugar: lo que se va y lo que vuelve

Las cuotas llevan dentro un margen que es lo que la casa se queda de cada euro apostado. En un mercado de dos resultados con cuotas 1,90 / 1,90, el cálculo es directo: la suma de las inversas (1/1,90 + 1/1,90) es 1,0526, así que la parte que el mercado devuelve en promedio es 1/1,0526 = 0,9500, y el margen de la casa es del 5,00 %. La misma fórmula en cualquier mercado de dos o tres salidas dice exactamente lo mismo: la diferencia entre 100 % y la suma de las inversas es lo que la casa retiene por euro apostado, en promedio, antes de promociones.

Una ilustración sirve para poner cifras al coste esperado de un patrón de juego dentro del sistema regulado. Supongamos una semana con un turnover de 1.500 € — exactamente el tope semanal que el RD 1614/2011 permite a cada operador fijar — apostado una sola vez en un mercado de dos resultados con cuotas 1,90 / 1,90. El coste esperado de esa semana, aplicando el margen del 5,00 % a los 1.500 € apostados, se mueve en una banda de aproximadamente 75 €. Esa banda no es un ingreso seguro para la casa — el resultado de cualquier apuesta individual es binario — pero es el valor medio que ese patrón deja en manos del operador cuando se repite.

Una banda, no una cifra. El coste medio asume que las cuotas se mantienen constantes, que el patrón se repite y que las promociones, si las hay, no compensan el margen. Si el apostante introduce una promoción, el cálculo cambia: el valor del bono se resta del coste, y solo si el valor del bono supera el margen la operación deja de perder dinero por término medio. En la práctica, una promoción que pida rollover convierte el coste en un coste neto esperado que se acerca al margen del mercado en el que se libera. La frase que resume la mecánica es corta: a igualdad de mercado, la promoción no convierte un juego con margen en un juego sin margen; solo lo hace menos caro en promedio.

Por qué un coeficiente más alto no es lo que parece

Subir el coeficiente de 1,90 a 2,20 en el favorito implica, en un mercado de dos salidas, que el otro lado se ajusta en la dirección opuesta. Si las cuotas son 2,20 y 1,70, la suma de inversas es 0,4545 + 0,5882 = 1,0427 y el margen es del 4,27 %, una mejora frente al 5,00 % de 1,90/1,90, pero solo porque el operador ha decidido ampliar la horquilla en ese evento. Lo que el apostante paga por elegir el favorito más alto es asumir más varianza: el pago sube si acierta, pero la probabilidad implícita baja. La diferencia entre el coeficiente y la probabilidad real del evento es donde está, técnicamente, el valor — y es donde ningún análisis sin información deportiva sólida puede pronunciarse.

El lado en el que la regulación sí tiene voz es el de los pagos. La LRJ permite al jugador jugar solo con saldo verificado; la Orden EHA/3080/2011 limita la apuesta en directo al saldo de la cuenta de juego en el momento del inicio del evento; los premios superiores a 5.000 € de diferencia con el stake se abonan por transferencia. La consecuencia es que la regulación define las fronteras operativas, no las cuotas. Las cuotas son decisión del operador.

Cómo encajan los topes y la autoprohibición en el coste

El tope semanal de 1.500 € es exactamente la cifra del ejemplo anterior. Quien juega exactamente hasta el tope, una vez por semana, asume un coste medio esperado de 75 € en un mercado de dos resultados al 5,00 % de margen. Quien juega menos, asume menos coste proporcional; quien juega más, está fuera del sistema regulado o repartiendo stake entre operadores. El Real Decreto 520/2026, en vigor en marzo de 2027, sube el tope conjunto entre operadores a 1.750 € semanales y 3.300 € por cuatro semanas, pero no cambia la mecánica del coste esperado: un turnover mayor a margen constante es un coste esperado mayor.

El RGIAJ, mientras tanto, no opera sobre el coste: opera sobre la decisión. Quien se inscribe no puede depositar ni apostar en operadores con licencia, y el operador debe suspender la cuenta si llegara a tenerla. El RGIAJ es la única palanca que corta el flujo por completo, y la cancelación de una inscripción voluntaria no llega hasta pasados seis meses. La autoprohibición no es un botón de pausa.

Visión general: lo que el panorama dice

El conjunto de operadores con licencia DGOJ en España no es un mercado pequeño. La DGOJ no establece un número máximo de licencias generales o singulares, y los registros muestran un número de operadores con licencia de apuestas sensiblemente mayor que las diez fichas de esta comparativa. Lo que las diez marcas de esta página comparten es la combinación de licencia general «Apuestas», licencia singular «Apuestas deportivas de contrapartida» y dominio .es, que es la combinación que abre la puerta a la operativa legal en España para una casa de apuestas deportivas convencional.

Lo que las separa es la superficie del producto: casas con cash out y bet builder (Kirolbet, Interwetten), casas con vídeo en directo integrado (1xBet), casas con elección entre freebet y matched bonus en el alta (Paf), casas con red de derivación a FEJAR (Casumo), casas con separación entre bono deportivo y de casino (Olybet). La elección entre marcas es, en la práctica, una elección entre herramientas, no entre licencias.

La mecánica común — verificación de identidad, RGIAJ, topes de depósito,cash out comercial — opera igual en todas. La diferencia está en cómo cada marca presenta su oferta y en el coste que el jugador asume por usar cada herramienta. El mercado regulado es parejo por arriba — mismo regulador, misma normativa, mismos topes — y desigual por abajo — coeficientes, promociones, funciones —, que es exactamente donde el apostante decide.

Preguntas frecuentes

¿Cómo compruebo que una casa de apuestas tiene licencia de la DGOJ?

La verificación es directa: entra en el registro público de ordenacionjuego.es y busca por razón social del operador o por dominio. La entrada confirma las licencias generales y singulares que el operador tiene concedidas y los dominios asociados. Una marca que no aparece en el registro no está en la lista de casas con licencia, con independencia de lo que afirme en su web.

¿Por qué una casa con licencia en España tiene que usar un dominio .es?

El artículo 39 de la Ley 13/2011 tipifica como infracción muy grave ofrecer juego por internet fuera del sitio web con dominio .es exigido a los operadores. El .es es la primera señal que la DGOJ pide al jugador, y la combinación de dominio .es más presencia en el registro es la prueba de que el operador tiene la licencia y opera dentro del sistema regulado.

¿Qué es el RGIAJ y cómo funciona la autoprohibición?

El RGIAJ es el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, regulado por el Real Decreto 1614/2011 y desarrollado por el Real Decreto 176/2023. La inscripción puede ser voluntaria o por resolución judicial firme; las judiciales no las cancela el inscrito, y la voluntaria exige al menos seis meses desde la fecha de inscripción. Un inscrito no puede depositar ni apostar en operadores con licencia; el operador debe suspender la cuenta y bloquear las comunicaciones comerciales.

¿Qué límites de depósito se aplican hoy en una casa con licencia en España?

Cada operador fija los suyos, pero no pueden superar 600 € al día, 1.500 € a la semana y 3.000 € al mes (RD 1614/2011, anexo II). El jugador puede bajar el límite en cualquier momento, con aplicación inmediata; para subirlo o eliminarlo debe pasar las pruebas de juego seguro de la DGOJ y no haber mostrado comportamiento de riesgo en los tres meses previos, y el nuevo límite entra en vigor en un máximo de tres días.

¿Qué pierde un jugador que apuesta en una casa sin licencia DGOJ?

Pierde el andamiaje regulatorio: sin RGIAJ operativo, sin tope obligatorio al depósito, sin verificación anual contra el registro, sin vía de reclamación ante la DGOJ. La queja contra un operador sin licencia termina en el regulador extranjero o en un juzgado. Si el operador cierra o retiene el saldo, el apostante queda sin paraguas.

¿Tributan en el IRPF las ganancias en apuestas deportivas?

Sí: las ganancias son ganancias patrimoniales en la base general del IRPF (Ley 35/2006, arts. 11.5, 45 y 46). Las pérdidas compensan solo hasta el límite de las ganancias del mismo año y no se trasladan a ejercicios siguientes. El umbral de 40.000 € exentos del gravamen especial solo cubre loterías y sorteos del Estado y de Cruz Roja, no a casas de apuestas con licencia. La cuota final depende de tu base y de tu tipo marginal, así que el cierre siempre pide un asesor fiscal.

Elaborado por el equipo de «Comparadorcasas».